Esto a través de la implementación de las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, de la incorporación del voto a los ciudadanos extranjeros y de la introducción de un mecanismo que garantice el acceso equitativo e igualitario a pautas publicitarias para elecciones primarias y generales.
Este proyecto es el resultado de los consensos a los que se arribó en el marco del Diálogo Político convocado desde el Poder Ejecutivo Provincial consistente en una ronda de consultas con los partidos políticos reconocidos en la Provincia y con apertura a la recepción de propuestas por parte de la sociedad civil.
Entre los fundamentos del proyecto se destaca que iniciativas en este sentido ya fueron tomadas por otras provincias como Chaco, Santa Fe, Buenos Aires, Salta, San Juan, La Pampa y San Luis, las cuales más allá de las variantes en cuanto a su implementación, apuntan a otorgar mayor legitimidad democrática a un mecanismo hasta ahora de exclusividad partidaria, como era la selección de candidatos.
El Diálogo Político tuvo como objetivo alcanzar consensos, pero también arbitrar los disensos en la aplicación de un mecanismo electoral innovador para la Provincia, con la convicción de no limitarse a recopilar modificaciones menores que sólo pretendan cambiar algo para que nada cambie en nuestro sistema electoral.
De dicho espacio surgió un acuerdo casi unánime en la implementación de una herramienta más democrática y transparente en el sistema de designación de candidaturas para cargos electivos, siguiendo los lineamientos de la legislación dictada por el Honorable Congreso de la Nación a través de la Ley Nacional Nº 26.571, como un claro avance en tal sentido.
Se resaltó asimismo que sean reguladas las particularidades específicas de la Provincia en la inteligencia de mantener la esencia e independencia del consagrado sistema electoral rionegrino.
En tal sentido, se fundamenta en la iniciativa que estas particularidades son coincidentes con los consensos mayoritarios, a saber: que la simultaneidad de las internas es de carácter provincial, siendo la fecha de convocatoria potestad exclusiva del Poder Ejecutivo, pudiendo ser coincidente o no con las elecciones nacionales; que la convocatoria no sea obligatoria para la elección de cargos locales, a fin de respetar las autonomías municipales; que el mecanismo rija para todas las categorías de cargos electivos; y que se garantice el acceso a pautas publicitarias para asegurar criterios de igualdad en las campañas electorales.
El proyecto que se presenta recoge estos consensos mayoritarios e introduce una modificación al artículo 87 del la Ley N° 2.431, que garantiza la distribución gratuita y equitativa en medios de comunicación oficiales, previendo su acceso no sólo para las elecciones primarios sino también para las elecciones generales.
Por su parte, se presentaron posiciones encontradas en cuanto a dos temas principales. El primero, en relación a la categoría de Gobernador y Vicegobernador con preferencias que variaron entre la fórmula completa o cerrada y la fórmula abierta; como así también cierta divergencia en cuanto a la inclusión de cargos legislativos y su sistema de distribución.
En este sentido, el mecanismo previsto por este cuerpo normativo, instaura un sistema que se sustenta en respetar la elección realizada por el ciudadano a precandidatos, siendo esta, reflejada en las elecciones generales por medio de una fórmula cerrada. En cuanto a los cargos legislativos, se estima conveniente su incorporación mediante un sistema de distribución que otorgue representatividad a mayorías y minorías.
La segunda cuestión de mayor disenso se circunscribió al piso electoral para acceder a la participación en las elecciones generales, que rondó entre valores porcentuales del 0,75% y el 5%, optándose en el presente proyecto por un porcentual intermedio del 3%.
Finalmente, y en pos de una mayor apertura democrática, tal como se pregona con la introducción del mecanismos de primarias abiertas, se planteó que deberían integrar el padrón los extranjeros que acrediten ciudadanía, tal y como están facultados de hacerlo para cargos municipales.
Es por ello, que se requiere -en el marco de una reforma política integral- la ampliación de los derechos políticos a los ciudadanos extranjeros que habitan nuestra Provincia, tanto para las elecciones primarias como para las elecciones generales provinciales.
Se recuerda asimismo que han existido en la Legislatura rionegrina distintas iniciativas similares que perdieron estado parlamentario: el proyecto 460/2004 de los legisladores Javier Giménez, Javier Iud y Claudio Lueiro, articulado sobre la matriz de la Ley que rige en la Provincia de Buenos Aires; y los Proyectos 343/2008 y 533/2012 de autoría del legislador Pedro Pesatti.