En este sentido, las entidades financieras bloquean las cuentas sueldos de clientes a los fines de compensar posibles deudas, sea por tarjeta de crédito o créditos personales, sin intimación previa, bloqueando la disponibilidad de la totalidad de los fondos.
Ya se procedió a intervenir en diez casos denunciados por las personas afectadas ante Defensa del Consumidor de Río Negro.
Ordenar con carácter de medida cautelar (conforme lo dispuesto en el Artículo 45° de la Ley N° 24.240 y 57° de la Ley N° 5.414, inc. a y d), el reintegro en su totalidad de los fondos retenidos a la cuenta sueldo del reclamante en autos, que sin previo aviso procedieron al “bloqueo” de la misma, impidiendo su uso, como así también el cese de conductas futuras que impidan al reclamante hacer uso efectivo de su dinero, ello, mientras tramita este procedimiento y hasta tanto se dicte resolución definitiva en los presentes.
Las medidas aplicadas contemplan el grado de hipervulnerabilidad de cada consumidor, tal como lo dispone la Resolución 139/2020.
Las personas que están siendo afectadas por estas situaciones, deben ingresar la denuncia en www.defensadelconsumidor.rionegro.gov.ar