Esto otorgará seguridad de la legalidad de las inspecciones a pobladores fiscales y a los vecinos linderos que tengan que hacer a las veces de testigos de los operativos.
Por otra parte, significa una respuesta a la constatación de casos en que operan falsos inspectores para producir eventuales estafas.
Álvarez Costa explicó que “por un acto administrativo del organismo, la disposición 10/2015, se estableció que los inspectores que realizan fiscalizaciones sobre inmuebles deberán acreditar su condición mediante la exhibición de una identificación”.
Indicó que de esta manera “los inspectores podrán identificarse fácilmente y con esta herramienta acudir al auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario”.
Informó que la credencial la otorga el organismo y “cuenta con el nombre y apellido, más la foto, del inspector”, subrayando que “rige tanto para las zonas urbana como rural”.
“Es una garantía de trabajo para el inspector y una tranquilidad y transparencia para el poblador fiscal”, enfatizó.
Indicó que esto lo deben saber no sólo los pobladores fiscales, sino también los linderos, porque “por la ley 4905, sancionada el año pasado, al momento de realizar las inspecciones se debe contar con dos testigos, ya sean ocupantes del mismo predio o los vecinos”.